
Sernac solicita a Claro que compense a usuarios por cobros indebidos de roaming en viajes a Argentina
El Sernac detectó que la compañía de telecomunicaciones incurrió en la falta prestación del servicio de datos móviles para los consumidores prepago en Argentina, bajo las mismas condiciones en que se presta dicho servicio en Chile.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó este lunes que inició un “Procedimiento Voluntario Colectivo” (PVC) con la compañía Claro, con el objetivo de que compense a los consumidores que fueron afectados por cobros indebidos por servicios de roaming en viajes a Argentina.
A través de su sitio web, el Sernac sostuvo que decidió iniciar esta acción extrajudicial luego de detectar que Claro estaba incurriendo en una “interpretación errónea” de la norma técnica dictada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) el 28 de agosto de 2020.
Según explicaron, esta situación incurrió en la aplicación de cobros tarifarios superiores al precio local en Chile por los servicios de "comunicaciones de voz, mensajería y datos móviles, al aplicar un monto único por los servicios de roaming para cada segmento de clientes al cobrar como servicio adicional a su boleta el servicio de roaming y/o al condicionar su prestación a la contratación de servicios adicionales como Bolsas, o cambio de plan a uno con servicio roaming".

Además, el Sernac detectó que la compañía de telecomunicaciones incurrió en la falta prestación del servicio de datos móviles para los consumidores prepago en Argentina, bajo las mismas condiciones en que se presta dicho servicio en Chile.
“Y en una falta de información clara, veraz y oportuna a los consumidores relativa a la prestación del servicio de roaming internacional en Argentina y su cobro", agregaron.
A través de este procedimiento, el Sernac buscará que la compañía telefónica aplique los respectivos reembolsos a los usuarios, junto con las compensaciones y/o indemnizaciones para las personas afectadas.
Qué dice la norma dictada por la Subtel
La norma técnica dictada por la Subtel el 28 de agosto de 2020 establece las disposiciones sobre el funcionamiento del roaming internacional a precio local entre Chile y Argentina, normativa que se enmarca en el Acuerdo de Libre Comercio entre ambos países.
De esta forma, se puso término al cobre por sobre el precio local por el uso del servicio de roaming entre ambos países, precisó el Sernac.
Esta resolución rige por sobre todas las compañías de telecomunicaciones del país, entre las cuales se encuentra Claro.

El organismo recordó además que, en enero de este año, inició un PVC con la compañía Entel por hechos similares a lo ocurrido con Claro, logrando compensaciones para un universo aproximado de 90 mil clientes, por más de $1.200 millones, incluyendo un monto prepago, que se vieron afectados por cobros en el uso del servicio roaming en Argentina a un precio superior a lo cobrado en Chile.
El Sernac precisó que solicitará a Claro medidas para evitar que esta situación se vuelva a repetir en el futuro.
El Servicio hizo un llamado a las personas consumidoras afectadas por este tipo de cobros a interponer sus reclamos, explicando la situación, en www.sernac.cl o llamando al 800 700 100.
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