Por José Carvajal VegaFiscalía y CDE se resisten a dejar morir el caso SQM y recurren para anular la absolución de Longueira, Contesse y ME-O
El Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Público quieren repetir el juicio de una causa que partió en 2014 y cuya sentencia, tras un largo juicio de 560 jornadas, se conoció el año pasado. Para la defensa de Contesse la decisión constituye "persecución política". Ahora la palabra la tendrá la Corte de Santiago.

El pasado 5 de agosto, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago entregó, finalmente, la sentencia del caso SQM, el que tuvo como acusados por presuntos delitos de financiamiento ilegal de la política al exministro de Economía, Pablo Longueira (UDI); el excandidato presidencial Marco Enríquez-Ominami (ME-O) y el exgerente general de SQM, Patricio Contesse, entre otros.
El fallo, de 4.356 páginas, detallaba las razones de ese tribunal para, un año antes, haber absuelto a todos los acusados del caso que partió hace más de una década atrás, en 2014. Pero a 11 años de iniciada la indagatoria, la situación judicial del caso SQM aún tiene capítulos por escribirse o al menos así lo quiere uno de los querellantes.
Esta semana el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y la Fiscalía ingresaron ante la Corte de Apelaciones de Santiago recursos para solicitar la nulidad del juicio que se extendió por 560 jornadas.
El organismo representante del Estado, querellante en la causa, pide que se anule la sentencia que absolvió a Longueira y Contesse, que corresponde a los dos acusados en contra quienes el CDE se querelló. Dicha decisión de primera instancia ya había sido disputada ya que la absolución no fue unánime sino que -respecto de casi todos los acusados- se registró el voto en contra de la jueza Carolina Paredes quien estuvo por condenar.
La fiscal Claudia Perivancich, por su lado, informó que la nulidad del Ministerio Público apunta a la absolución de Longueira, Contesse, ME-O, Carmen Luz Valdivielso, Marcelo Rozas, Roberto León y Christian Warner. El Ministerio Público dejó afuera a Marisol Cavieres ya que en su caso la absolución fue unánime, es decir, las tres juezas estuvieron de acuerdo.

Según señaló la persecutora, “interponemos este recurso de nulidad por entender que el tribunal en su voto de mayoría ha dictado esta resolución infringiendo las normas legales que exigen ajustarse a determinados requisitos al momento de dictación de la sentencia”.
“El tribunal ha incorporado razonamientos contradictorios, algunos que van más allá de la lógica, de manera que lo que parece una fundamentación, en definitiva no es tal por el conjunto de vicios en los que se ha incurrido. Esperamos entonces que el tribunal acoja a tramitación este recurso, lo envíe para su conocimiento a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago y resuelva la nulidad del juicio y de la sentencia”, concluyó la fiscal Perivancich.
Al ente persecutor también se pueden sumar el resto de los querellantes del caso, es decir, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Fundación Ciudadano Inteligente, los que -hasta ahora- no han recurrido.
Los argumentos del CDE
Si bien aún no se conocen los argumentos de la Fiscalía para solicitar la nulidad, en el caso del CDE, en 166 páginas el organismo, representado por el procurador de Santiago, Marcelo Chandía, entrega los argumentos por los que solicita a la Corte de Santiago la nulidad parcial del caso SQM, apuntando a que la sentencia carece de una exposición clara, lógica y completa de hechos, ignorando pruebas y con carencia de razones jurídicas.
El organismo representante del Estado separó en cuatro capítulos las razones jurídicas por las que va por la nulidad. El primero de ellos es para cuestionar el razonamiento del tribunal respecto a absolver bajo el argumento de que no se juzgó en un plazo razonable. Respecto a aquello, el CDE apunta a que el tribunal ignoró la complejidad del caso y la cantidad de pruebas, así como también que la base legal respecto a esta parte de la resolución es equívoca.
En segundo término el CDE también reprocha que hubo “falta de congruencia” en el sentido de que el tribunal desestimó pruebas respecto a la comprobación de beneficios económicos que habría recibido Longueira.

Por otro lado, y como tercer grupo de argumentos, el CDE plantea que el tribunal también excluyó arbitrariamente en su sentencia, “prueba lícita”, como por ejemplo las ordenes judiciales respecto a la incautación de pruebas como correos electrónicos.
En último término, el CDE también critica que de parte del tribunal también hubo falta de compresión sobre los delitos de corrupción. En ese sentido, cuestiona, por ejemplo, que el tribunal omitió antecedentes que probarían los ilícitos acusados y resolvió equívocamente respecto a ellos.
En ese punto, el organismo cuestiona que el tribunal determinara que no se constituyó un ilícito ya que Longueira usó un correo personal y no institucional en artículos de un proyecto de ley, así como también indicando que aquello lo realizó como “líder político buscando consensos”.
Consultado respecto a la solicitud de nulidad por parte del CDE, la defensa de Contesse, encabezada por el abogado Samuel Donoso, rechazó la decisión tomada.
“Nos parece un contrasentido que, después de 11 años persiguiendo hechos que no son delito, después de casi tres años de juicio, la Fiscalía y el CDE quieran seguir gastando el dinero de los contribuyentes en un nuevo juicio oral. Ello tiene un sesgo de persecución política claro”, afirma Donoso a La Tercera.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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