Nacional

Contraloría detecta falencias en la fiscalización de la calidad del agua potable por parte de la SISS

Dentro de las irregularidades detectadas están la escasa inspección en terreno a tres empresas sanitarias, ausencia de criterios de priorización, retrasos en evaluaciones y deficiencias en la derivación de incumplimientos.

La Contraloría General de la República (CGR) detectó una serie de falencias en el control de la calidad del agua potable que debe realizar la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

En el Informe Final N°51 de 2026 revisó la labor fiscalizadora de dicho organismo respecto de tres empresas sanitarias con operación en distintas regiones del país, entre enero de 2024 y julio de 2025.

Según el documento, la SISS no efectuó inspecciones en terreno a las instalaciones de agua potable de Aguas San Isidro, Nueva Atacama S.A. y Agua Potable Melipilla Norte S.A., pese a la existencia de condiciones que eventualmente podrían afectar la calidad y continuidad del suministro.

La auditoría advierte además que la superintendencia no cuenta con criterios formales de priorización que orienten su labor fiscalizadora, situación que podría incidir en la selección de los servicios sanitarios sujetos a evaluación.

Asimismo, la revisión detectó que la SISS no derivó antecedentes de eventuales incumplimientos a los organismos competentes, como las respectivas seremis de Salud o la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y que tampoco dispone de procedimientos internos que regulen dichas derivaciones.

El informe también da cuenta de un desfase significativo en la evaluación semestral del sistema de autocontrol, lo que podría afectar la oportunidad de la adopción de medidas correctivas y el inicio de eventuales procedimientos sancionatorios. A ello se suman retrasos en la atención de algunos reclamos de usuarios, con respuestas emitidas fuera de los plazos establecidos.

Frente a estos antecedentes, la Contraloría instruyó a la SISS adoptar medidas correctivas destinadas a fortalecer sus procesos de fiscalización, regularizar los mecanismos de derivación a otras instituciones, mejorar la oportunidad de las evaluaciones y sanciones, y asegurar el cumplimiento de los plazos de atención ciudadana. La entidad deberá informar el estado de implementación de estas medidas en un plazo de 60 días hábiles.

Más sobre:ContraloríaSISSServicios Sanitarios

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Casi nadie tiene claro qué es un modelo generativo. El resto lo leyó en La Tercera

Plan Digital + LT Beneficios$6.990 al mes SUSCRÍBETE