Suprema rechaza amparo de estudiante imputado por muerte de inspectora en colegio de Calama y ordena informe al SML
Desde el máximo tribunal confirmaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que en abril pasado ya había rechazado una eventual inimputabilidad de Hernán Meneses (18).

La segunda sala de la Corte Suprema confirmó este jueves el rechazo a un recurso de amparo presentado por la defensa del estudiante de 18 años que, en marzo pasado, protagonizó un ataque en el liceo Obispo Silva Lazaeta de Calama, que resultó con una inspectora fallecida y otras cuatro personas heridas.
Cabe recordar que la defensa de Hernán Meneses, imputado por un delito consumado de homicidio calificado y cuatro homicidios frustrados, presentó inicialmente la acción judicial ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la que el pasado 15 de abril, descartó la medida que pretendía la suspensión del procedimiento, por una eventual inimputabilidad por enajenación mental del imputado.
Este jueves, en fallo dividido, la segunda sala del máximo tribunal descartó error en la sentencia impugnada, al indicar que “si bien la sospecha de enajenación mental del imputado obliga a realizar ciertas actuaciones para confirmar o descartar la sospecha, lo cierto es que de los antecedentes acompañados, no se advierte la existencia de una afectación que le impida conocer al amparado el carácter de ilícito de sus actos”.
Lo anterior, ya que “los informes acompañados dan cuenta más bien de rasgos de personalidad no constitutivos de enajenación mental, lo que necesariamente debe relacionarse con los hechos por los cuales fue formalizado, que dan cuenta de la existencia de una planificación previa y detallada del delito, así como la ponderación de las circunstancias favorables o adversas para el amparado”.
Desde el máximo tribunal indicaron que, sin perjucio de lo resuelto, se ordenó al Juzgado de Garantía correspondiente disponer la realización de un informe pericial por el Servicio Médico Legal (SML) respecto de las facultades mentales del estudiante.
El voto de mayoría estuvo conformado por el ministro Manuel Valderrama, la ministra María Cristina Gajardo y la abogada integrante Pía Tavolari.
El voto de minoría fue del ministro Leopoldo Llanos y el ministro Jorge Zepeda. Ambos magistrados fueron de la opinión de acoger el amparo y decretar la internación provisional del amparado en un establecimiento hospitalario “toda vez que en la norma citada no se exige una prueba completa de enajenación mental”.
El hecho
El amparo hace referencia a los hechos ocurridos algunas semanas atrás. Fue durante la mañana del 27 de marzo, cuando la mayoría de los estudiantes se encontraban en sus salas de clases, en uno de los pasillos, justo afuera del baño de hombres, el alumno de cuarto medio Hernán Meneses (18) inició una brutal agresión con un cuchillo contra dos inspectoras -María Victoria Reyes y Ayde Moya- y otros tres estudiantes.
Ante los gritos y las alarmas de lo que estaba ocurriendo, alumnos y profesores se abalanzaron a separar el ataque. Reyes, de 59 años, recibió una puñalada en el tórax, resultando fallecida en el mismo patio del colegio, a pesar de los intentos por reanimarla. Moya, por su lado, recibió un estoque, quedando gravemente herida. En esa trifulca otros estudiantes también recibieron ataques de arma blanca. De acuerdo a Carabineros, tres jóvenes de 16 años resultaron heridos, uno de ellos de gravedad.
El antentado, además, llevó a que resurgiera el debate de la instalación de pórticos antimetales y otras medidas que podrían integrarse en la Ley de Convivencia Escolar.
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