Comisión de la Convención cambia norma que restringía la subcontratación y ahora estipula que la ley será la encargada de regularla

Foto: Agenciauno

Se aprobó que “una ley regulará la subcontratación con el fin de evitar la precarización laboral”, en vez de la norma que decía que “la subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios”.


La Comisión de Derechos Fundamentales está votando cambios a los artículos que fueron rechazados en particular por el pleno. Este martes los convencionales votaron las materias relativas a trabajo, y suprimieron un artículo que anteriormente había generado críticas de distintos sectores, y que señalaba que “la subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios, que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios”.

En vez de ello, los convencionales ahora aprobaron que “una ley regulará la subcontratación con el fin de evitar la precarización laboral”. Sobre ello, el convencional Felipe Harboe, del Colectivo del Apruebo, comentó que “la modalidad de subcontratación quedó para regulación legal. Creo que algunos entendieron que la subcontratación no es sinónimo de precariedad laboral, que hoy existen cerca de 300.000 trabajadores en esta modalidad con 60% de mujeres y jóvenes, y 9% de inmigrantes. Sin subcontratación, muchos de ellos estarían cesantes”.

Otro de los temas que se aprobó dice que “las organizaciones sindicales son titulares exclusivas del derecho a la negociación colectiva, en tanto únicas representantes de trabajadores y trabajadoras ante el o los empleadores”.

Asimismo, le dieron el visto bueno a una norma sobre derecho al trabajo decente: “Toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección. El Estado garantiza el trabajo decente y su protección. Este comprende el derecho a condiciones laborales equitativas, a la salud y seguridad en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a su desconexión digital, a la garantía de indemnidad, y el pleno respeto de los derechos fundamentales en el contexto del trabajo”.

También se aprobó un artículo que señala que “los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a una remuneración equitativa, justa y suficiente, que le asegure su sustento y el de su familia. Toda persona tiene derecho a igual remuneración por igual trabajo”.

Otra norma que sigue adelante dice que “el Estado generará políticas públicas que permitan la conciliación laboral, la vida familiar y comunitaria, y el trabajo de cuidados”. Y otra que estipula que “el Estado garantizará el respeto a los derechos reproductivos de las personas trabajadoras, eliminando riesgos que afecten la salud reproductiva y resguardando los derechos de la paternidad y maternidad”.

Adicionalmente, aprobaron que “en el ámbito rural y agrícola el Estado debe garantizar condiciones justas y dignas en el trabajo de temporada, resguardando el ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad social”. Así como que “se reconoce la función social del trabajo y se deberá asegurar la protección eficaz de los trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales, mediante un órgano autónomo a cargo de su fiscalización”. Y que “se prohíbe toda forma de precarización laboral, así como el trabajo forzoso, humillante o denigrante”.

Quedaron pendientes los temas relacionados con el derecho a huelga. Y a continuación de ello se votarán los temas relativos a seguridad social y pensiones. Para ello, hay una sesión citada para la mañana de este miércoles. Adicionalmente, se espera que durante este miércoles el pleno vote todo lo relativo al derecho de propiedad que queda pendiente.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.