Corte de Apelaciones confirma multa a Ruiz-Tagle pero podrá seguir como director de empresas

Gabriel Ruiz Tagle

En tanto, respecto de la sanción interpuesta por la CMFpor infracciones al procedimiento para celebrar operaciones con partes relacionadas a Yakob Aníbal Mosa Shmes, Paul Fontaine y Leonardo Battaglia, la instancia ratificó las multas.




La multa a Gabriel Ruiz-Tagle sigue a firme, aunque no las inhabilidades. Así al menos lo estableció ayer la Novena Sala de Corta de Apelaciones de Santiago, que decidió ratificar sanción interpuesta en noviembre de 2019 por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) por infracciones vinculadas con abstención y uso de información privilegiada.

A Ruiz-Tagle, la CMF le impuso una multa de UF 15.000 ($ 421,3 millones), pero como se acogió al mecanismo de colaboración del presunto infractor fue rebajada a la mitad a UF 7.500 ($ 210,6 millones). Adicionalmente quedó inhabilitado por cinco años para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal de sociedades anónimas.

Sin embargo, si bien la Corte decidió rechazar el recurso de reclamación por cuanto a la rebaja de la multa, sí aceptó acoger la reclamación de Ruiz-Tagle respecto de la sanción accesoria de inhabilidad temporal por 5 años, para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal de las entidades descritas en el artículo 36 y en el inciso primero del artículo 37, ambos, del Decreto Ley N° 3.538, por incurrir en las conductas descritas en el artículo 60, letras e) y g), de la Ley N°18.045, “la que se deja sin efecto por este acto”.

Según la Corte, “en este aspecto la Resolución reclamada ha incurrido en una ilegalidad, en la medida que ha impuesto una sanción improcedente en relación con la figura infraccional que se tuvo por configurada en relación con el investigado, vulnerando lo dispuesto en los artículos 58, 60 y 165 de la Ley N° 18.045 y 37 de la Ley N° 21.000.”

En la resolución de 2019, la CMF explicó que Ruiz-Tagle infringió el deber de abstención en las adquisiciones de acciones de Colo Colo que realizó a través de su sociedad relacionada, Inversiones III Ltda., el 29 de mayo de 2018. “Las operaciones se ejecutaron estando él en posesión de información privilegiada al haber conocido, el día anterior, los estados financieros de Blanco y Negro S.A. al 31 de marzo de 2018. Estos habían sido aprobados por el directorio y aún no eran publicados”, indicó.

En tanto, respecto de la sanción interpuesta por la CMF en noviembre de 2019, por infracciones al procedimiento para celebrar operaciones con partes relacionadas respecto de una serie de préstamos otorgados a Blanco y Negro S.A. por el Fondo de Inversión Privado Parinacota, relacionado al director Yakob Aníbal Mosa Shmes, durante los años 2015, 2016 y 2017, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió rechazar las reclamaciones presentadas por Mosa, que fue multado con UF 500, la de Paul Fontaine (UF400) y la de Leonardo Battaglia (UF200).

Pero, además de la operación antes mencionada, la CMF también sancionó a Mosa con UF 10.000 ($ 280,8 millones), por una infracción al deber de abstención o prohibición absoluta de adquirir acciones estando en posesión de información privilegiada.

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