Avanza proyecto de ley que regula el desarrollo de las plataformas de apuestas en línea

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto, despachándolo para comenzar su segundo trámite legislativo en el Senado.


El proyecto que busca regular la actividad de las plataformas de apuestas en línea dio otro paso en su camino para convertirse en ley. Calificado con suma urgencia, durante esta jornada la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto, despachándolo para comenzar su segundo trámite legislativo en el Senado.


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Entre los objetivos de la iniciativa, el Ministerio de Hacienda destacó que busca generar un mercado competitivo considerando la existencia de otras formas de juego actualmente legales, resguardar la fe pública, proteger la salud y la seguridad de los jugadores y jugadoras. Además de transparentar los orígenes y el destino de los recursos obtenidos y contribuir a la recaudación fiscal.

La subsecretaria de la cartera, Heidi Berner, enfatizó en que hoy se desconoce quiénes son los dueños de este tipo de plataformas. De aprobarse, tendrán la obligación de informar sus beneficiarios finales para conocer el origen y destino de los fondos, resguardando los conflictos de interés.

Este incluye sanciones severas a quienes se mantengan en la ilegalidad, y nuevas atribuciones a la Superintendencia de Casino de Juegos (SCJ), la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII), la Subtel, y la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

Con esto se busca crear un mercado semiabierto, donde los operadores deberán cumplir una serie de requisitos: constituirse en sociedades anónimas cerradas, con objeto exclusivo, capital mínimo, y contar con hasta 10 accionistas.

“Todo ello representa una mejora sustantiva respecto de la situación vigente, en que las plataformas ilegales proliferan sin estándares de protección a los usuarios, sin pagar impuestos, sin fiscalización y sin trazabilidad respecto del origen de los fondos y el destino de éstos”, señalaron desde Hacienda.

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