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Dos ex directores de Sartor AGF acuden a tribunales para revocar multas de la CMF

Óscar Ebel y Miguel León, dos de los directores sancionados de Sartor AGF, interpusieron un reclamo ante la Corte de Apelaciones de Santiago para anular las multas impuestas por la CMF. Mientras, Pedro Pablo Larraín, presentó un recurso de reposición ante el regulador.

Dos de los siete directores de Sartor AGF sancionados a mediados de noviembre por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) interpusieron un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Óscar Ebel Sepúlveda y Miguel León Núñez solicitaron al tribunal de alzada capitalino que anule las multas que les aplicó el regulador de 22.500 UF y 10.000 UF. Ebel, al igual que otros seis directivos, fueron inhabilitados para ejercer cargos en entidades fiscalizadas por la CMF por un plazo de cinco años.

Mientras, el presidente y fundador de Grupo Sartor, Pedro Pablo Larraín -sancionado con una multa de 80.000 UF- optó por terminar la vía administrativa antes de incursionar en sede judicial. Hace una semana interpuso un recurso de reposición y a la fecha aún la CMF no emite un pronunciamiento.

La resolución sancionatoria de la CMF reprocha a los ex directores por haber realizado inversiones de los fondos en entidades vinculadas a ellos, lo que constituyó una infracción a los deberes de diligencia que les correspondían en su calidad de directores de Sartor AGF, ya que debían velar exclusivamente por el mejor interés y conveniencia de los fondos, lo cual no cumplieron.

El regulador detalló en su resolución que los aportes “se desviaron para financiar operaciones de empresas relacionadas, en muchos casos en precaria situación financiera, con moras e impagos y carentes de garantías”.

Óscar Ebel, en su escrito patrocinado por el abogado Alejandro Espinoza, detalló que es socio fundador del grupo Sartor, junto con Pedro Pablo Larraín y un tercero que se retiró de la participación. Desde un principio, sostuvo, cumplió con la función de ser el socio capitalista, convirtiéndose además en el primer gran aportante. La administración del negocio en su día a día y el área de ventas quedaron en manos de sus dos socios, mientras que el fungía como director.

Mientras, Miguel León Núñez, representado por el abogado Enrique Alcalde, denunció en su escrito que la resolución sancionatoria es “ilegal”, solicitando dejarla sin efecto, o enmendándola conforme a derecho, con expresa condena en costas.

Sartor AGF operó entre 2016 y 2024 y ofrecía fondos de inversión al público, como los fondos Sartor Táctico, Sartor Leasing, Sartor Proyección, entre otros. En esta sociedad, Óscar Ebel fue director en todos esos años, así como también formó parte del Comité de Crédito, donde se evaluaban solamente las operaciones de crédito que superaran las 20.000 UF.

“No estaba involucrado en la actividad del día a día de la compañía, ni tomaba decisiones respecto de la línea de negocios a seguir de la compañía. Esta labor correspondía a los socios gestores: Pedro Pablo Larraín, presidente ejecutivo del grupo, Alfredo Harz, director de inversiones, y Rodrigo Bustamante, encargado del área de gestión de patrimonio”, se lee en el escrito de Ebel.

León, por su parte, optó por cuestionar directamente a la CMF, señalando que “llama poderosamente la atención a esta parte, que en la resolución impugnada, el Consejo de la CMF haya dedicado solo 8 párrafos en menos de una página para analizar las más de 140 páginas del escrito de descargos presentado por esta parte ante la formulación de cargos“.

También contó que entre el día 27 de diciembre de 2020 y el día 21 de agosto de 2023 se desempeñó como director de Sartor AGF en representación del grupo inversionista estadounidense Atlas Financial Panamá Corp.

“Pretender entonces sancionar al Sr. León atribuyéndole responsabilidad por un modelo creado, diseñado y conocido por los socios gestores cuyos estados financieros fueron revisados por KPMG (sin relevarse contingencia alguna) y un modelo de negocios no observado, criticado o sancionado de modo alguno por la CMF, resultaría contrario al principio de culpabilidad y excedería su marco de responsabilidad“, consignó su presentación.

Colaboración compensada

En 2024, Sartor AGF fue sometida a una auditoría por parte de la CMF, por las operaciones de crédito realizadas con personas y sociedades vinculadas al caso Primus. Esta auditoría reveló incumplimientos en el otorgamiento de créditos, que motivaron el inicio de una investigación por parte de la Unidad de Investigación de la CMF.

El 15 de noviembre de 2024, el Consejo de la CMF decretó como medida preventiva la suspensión de los aportes a los fondos de inversión administrados por Sartor AGF; luego, el 5 de diciembre, resolvió suspender los rescates de los mismos fondos; y finalmente, el 20 de diciembre decidió la revocación de la autorización de operación de Sartor AGF.

“Ante la creciente intervención del Consejo de la CMF en los meses de diciembre y noviembre de 2024, Oscar Ebel tomó conciencia por primera vez de la gravedad de los cuestionamientos realizados por la CMF, y luego de la resolución del 20 de diciembre de 2024, decidió que debía buscar asesoría legal independiente, y trabajar por el esclarecimiento de los hechos. Así, presentó el 24 de diciembre de 2024 una solicitud de beneficio de colaboración compensada, aportando detalles sobre los cuestionamientos levantados por la CMF, además de nuevos antecedentes absolutamente inéditos, y las infracciones que éstos podrían implicar”, explicó en su escrito la defensa de Ebel.

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