Expresidente Tribunal Ambiental Antofagasta: "Esta sentencia podría incluso significar que este proyecto no se ejecute"

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Daniel Guevara dejó la presidencia del Tribunal Ambiental de Antofagasta en junio pasado.

Daniel Guevara señala que la Corte Suprema está robusteciendo las atribuciones del Tribunal Ambiental, pero este no cuenta con las herramientas técnicas para emitir un juicio.


El abogado de la Universidad Católica de Valparaíso Daniel Guevara fue el presidente del Tribunal Ambiental de Antofagasta cuando se emitió el fallo de Dominga, en marzo del año pasado. En la oportunidad, la instancia entregó un fallo favorable para la realización del proyecto minero Dominga, al decidir que la iniciativa volviera a la Comisión Ambiental de Coquimbo.

Guevara dejó la instancia en junio pasado, luego de finalizar su período, y hoy analiza la sentencia de la Corte Suprema, la que califica de histórica, pues les entrega mayores atribuciones a los Tribunales Ambientales.

¿Qué lectura hace del fallo que emitió la Tercera Sala de la Corte Suprema?

La Corte Suprema ha movido la frontera y le ha otorgado al Tribunal Ambiental el deber, en este caso concreto, de revisar los aspectos técnicos de la línea de base del proyecto. Esta sentencia va a significar una pauta histórica de cómo los Tribunales Ambientales pueden extenderse a materias técnicas de fondo que tradicionalmente en Chile eran motivo de evaluación de los órganos técnicos del Servicio de Evaluación Ambiental.

¿Quién gana y quién pierde con esta decisión?

No se puede decir quién gana o quién pierde, porque la incertidumbre tendiente con este resultado no solo afecta a la empresa, sino que también a quienes son contrarios al proyecto, ya que no existe certeza sobre qué va a resolver el Tribunal Ambiental y del recurso consiguiente que se pueda presentar en la Corte Suprema. Esta es una decisión excepcional y es una jurisprudencia muy innovadora de parte de la Corte Suprema respecto de los Tribunales Ambientales, porque sin necesidad de remover la ley, se ha movido la frontera de las facultades y competencias de los Tribunales Ambientales en materia de evaluación de mérito de los aspectos técnicos de un proyecto. Es decir, robustece el rol del tribunal y les entrega la confianza a los magistrados a futuro de poder evaluar todos los aspectos técnicos, no como lo hizo el Tribunal Ambiental de Antofagasta en su momento, a pesar de que tratamos de ser muy innovadores.

¿Por qué no se hizo?

Porque la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales dice, de manera expresa, que el Tribunal Ambiental no puede evaluar el mérito de la decisión ni del comité regional ni del Comité de Ministros.

En su momento, ¿hubo una mala gestión de parte del Tribunal Ambiental de Antofagasta?

El Tribunal Ambiental hizo la evaluación más conservadora de sus competencias y eso lo hubiera hecho cualquiera después de haber actuado de manera innovativa cuando llamamos a las partes a una conciliación y el Servicio de Evaluación Ambiental se abstuvo de participar. Nosotros leímos la norma y la leímos de manera expresa.

¿Qué se puede esperar ahora?

El problema grave es que se impone una exigencia a un tribunal no existiendo una guía trámite para definir una línea base, en este caso la marítima. En mi opinión, es ridículo que en un país que tiene más de 100 puertos y cuatro mil kilómetros de costa no exista una línea de base en materia marítima y hoy se le devuelve al Tribunal Ambiental el deber de evaluar el tema técnico sin que exista la guía trámite sobre el medio marítimo. Entonces, ¿cuál es el instrumento con el que voy a evaluar?

¿El tribunal puede declararse incompetente al no tener las herramientas para pronunciarse?

No, está obligada a resolver y se resolverá sobre la base de los principios generales del derecho. Ahora, ¿cuáles son los principios generales del derecho?, esa es la pregunta que queda: replicar Cruz Grande, desestimar porque un barco puede golpear a una ballena, que fue lo que le consultamos al gobernador marítimo, situación que nunca ha ocurrido, entonces a qué se atiene el juez, por eso se genera una incertidumbre, porque con esta decisión si bien se genera un retroceso al proyecto, tampoco se sabe cómo se podrá resolver.

¿Se seguirá dilatando la aprobación del proyecto?

Esta sentencia podría significar una mayor dilación y eventualmente esta sentencia podría incluso significar que este proyecto no se ejecute.

¿Qué puede pasar con los otros proyectos que lleguen al Tribunal Ambiental?

La lectura en esto es que necesitamos de manera urgente un rol mucho más activo del Poder Ejecutivo en dictar normas base que ayuden a tener las herramientas necesarias para evaluar proyectos.

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