Estado Regional

12 AGOSTO
Explicador Constitucional: ¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución respecto al Estado regional?
Con la propuesta de nueva Constitución en mano, el paso que viene es entender el texto de la Convención para tomar una decisión informada ante el plebiscito de salida del 4 de septiembre. En esta novena entrega del "Explicador Constitucional", exponemos la forma de Estado propuesta, su organización territorial y las nuevas atribuciones que le otorgará a las regiones del país.
La Tercera PM

Explicador Constitucional: ¿Qué dice la propuesta de nueva Constitución respecto al Estado regional?

17 JUNIO
El camino regionalista del borrador de nueva Constitución
La propuesta de nueva Carta Magna de la Convención hará un cambio profundo en la forma del Estado. Los convencionales aprobaron más de 50 normas que concretarán la descentralización del país mediante la instalación de un modelo de Estado regional. Esta es la ruta que dibujaron los constituyentes y que, si gana el Apruebo, organizará al país en bases a tres entidades territoriales: región autónoma, comuna autónoma y autonomías territoriales indígenas.
LT Sábado

El camino regionalista del borrador de nueva Constitución

29 ABRIL
[Infografía] Asambleas, consejos sociales y autonomías territoriales indígenas: ¿Cómo será la nueva forma del Estado Regional que aprobó la Convención?
El pleno despachó al borrador los artículos que cambiarán la manera en que se organiza el país. Habrán tres unidades principales: Regiones Autónomas, Comunas Autónomas y zonas de los pueblos originarios autónomas. Cada una de ellas, a su vez, tendrá órganos de gobierno y de participación ciudadana vinculante. Aquí te mostramos cómo quedaría el diseño visado por los convencionales y que, en caso de que se apruebe la nueva Constitución, le cambiará la cara administrativa a Chile.
LT Sábado

[Infografía] Asambleas, consejos sociales y autonomías territoriales indígenas: ¿Cómo será la nueva forma del Estado Regional que aprobó la Convención?

28 FEBRERO
Columna de Zarko Luksic e Ignacio Irarrázaval: Repensemos la asamblea regional y el consejo regional
Celebramos las modificaciones que se le han hecho a las normas relativas al Estado Regional, a las atribuciones y potestades de las asambleas regionales y al procedimiento de dictación de los estatutos regionales, sin embargo, es preciso disipar dudas y contradicciones aclarando y definiendo que las regiones no gozarán de potestad legislativa.
Re:constitución

Columna de Zarko Luksic e Ignacio Irarrázaval: Repensemos la asamblea regional y el consejo regional

17 FEBRERO
Barraza vs. Gutiérrez y Atria vs. Álvez: las fisuras que dejó en Apruebo Dignidad la segunda jornada de votaciones en la Convención
Las asambleas legislativas regionales, en su definición, que fueron rechazadas por solo tres votos, fueron el punto de quiebre. El PC, que había sido monolítico en sus votaciones, se dividió. En el Frente Amplio, Atria votó a favor, pero sinceró su cuestionamiento. El abogado Roberto Celedón fue otro de los críticos. El tema expuso las dudas que hay en el futuro conglomerado oficialista sobre el modelo de Estado regional, diseñado por Álvez (RD), junto a otros convencionales.
La Tercera PM

Barraza vs. Gutiérrez y Atria vs. Álvez: las fisuras que dejó en Apruebo Dignidad la segunda jornada de votaciones en la Convención

26 ENERO
¿Cómo se configurará un nuevo Estado regional? Así fue el debate entre los constituyentes Álvez, Pustilnick y Mena
En una nueva edición del ciclo de Debates de ReConstitución, tres integrantes de la comisión de Forma de Estado de la Convención Constitucional explicaron la reciente aprobación en general de la propuesta que establece a Chile como un Estado regional, además de ahondar en sus artículos, próximos desafíos y discutir sobre una posible plurinacionalidad en el país.
La Tercera PM

¿Cómo se configurará un nuevo Estado regional? Así fue el debate entre los constituyentes Álvez, Pustilnick y Mena

29 DICIEMBRE
Columna de Zarko Luksic: Un Estado regional en Chile, los puntos que se deben aclarar
Sería conveniente que los autores de esta moción constitucional nos aclaren el significado de la definición que quieren darle al “Estado Regional” y a los demás conceptos como “región autónoma” y “autogobierno”. En cuanto al primero, si sus alcances son similares al que ocupa la doctrina y jurisprudencia especializada de otorgarles potestad legislativa a las regiones o es más bien una definición semántica en que en verdad estamos en presencia de un Estado unitario descentralizado.
Re:constitución

Columna de Zarko Luksic: Un Estado regional en Chile, los puntos que se deben aclarar

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