Corte de Apelaciones confirma el rechazo a petición de sobreseimiento de oncólogo de la Clínica Las Condes por caso de abusos

El tribunal de alzada consideró que lo planteado por la defensa del médico Manuel Álvarez debe ser resuelto en el juicio oral, etapa en la que se deberá probar la existencia de los dos delitos de abuso sexual por el cual el Ministerio Público pide 16 años de cárcel en contra de Álvarez.


La Corte de Apelaciones de Santiago, decidió rechazar el recurso con el cual la defensa del médico oncólogo, Manuel Álvarez, buscaba revertir la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, el que en enero negó sobreseer al director del Centro Oncológico de la Clínica Las Condes. La decisión fue confirmada por el tribunal de alzada este lunes, sosteniendo que lo solicitado por los abogados del médico es materia de discusión en el juicio oral en que se determinará si es culpable de los dos delitos de abuso sexual reiterado que se le imputan.

El caso del oncólogo, actualmente se encuentra en la etapa de preparación del juicio oral. El Ministerio Público, presentó la acusación en su contra en 2021 y solicitó 16 años de cárcel al acusarlo de dos delitos de abuso sexual reiterados, mientras era médico tratante de quienes lo denunciaron.

En enero pasado, la defensa de Álvarez solicitó al Cuarto Juzgado de Santiago sobreseer al médico por los delitos que se le imputaban, al considerar que el tipo penal por el que se le acusaba no se ajustaba a los hechos denunciados, según establece la legislación actual. Ante la negativa del tribunal de primera instancia, su defensa recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago.

En la reciente decisión del tribunal de alzada, este considera que el recurso presentado por la defensa contiene elementos fácticos y que se debe decidir sobre si estos son suficientes para probar la existencia del delito por el cual se le acusa. Por lo tanto, establece que debe ser decidido en el juicio sobre si la imputación contra Álvarez es bajo este u otro término penal.

El abogado del oncólogo, César Ramos, del estudio Bofill Escobar Silva Abogados, explica que la corte “únicamente resolvió que no es el momento de declarar que estos hechos no son delictivos. Expresamente señaló que es una discusión que debe ser zanjada en un juicio oral. En atención a eso, vamos a concurrir a esa instancia para desvirtuar, en los hechos y en el derecho, las acusaciones infundadas que nuestro representado enfrenta”.

Una decisión valorada por las querellantes

Susana Borzutzky, socia de Barruel y Borzutzky abogados, quien representantes a las querellantes del caso, valora la decisión de la corte.

La abogada explica que esta decisión “ratifica que la causal ‘incapacidad de oponerse’ en abusos sexuales de mayores 18 años, está planteada para sancionar precisamente casos como este, donde el abuso sexual es cometido en una relación asimétrica de poder y confianza, como lo es la relación médico-paciente, y en la que se da una situación de vulnerabilidad y fragilidad de las víctimas”.

Borzutzky agrega que a sus representadas “este resultado les produce confianza en los tribunales de justicia y a nosotros, como sus abogados, una satisfacción profesional y personal por el arduo camino que hemos recorrido en esta causa, además de las dilaciones indebidas de la defensa (...) que ha buscado cualquier resquicio, con el objetivo de dilatar e intentar que nos cansemos en la búsqueda de justicia, pero eso no pasará, aún cuando nuestra clienta no esté para contar su historia por el avanzado cáncer que padece”.

Además de las acusaciones en Santiago, el médico oncólogo también es investigado por el Ministerio Público en Punta Arenas. En marzo pasado, la fiscalía de regional de Magallanes cerró la investigación y solicitó 4 años de pena en contra de Álvarez al acusarlo de abuso sexual, esta vez en el sur del país.

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