Inamovilidad de jueces y ejecución de resoluciones judiciales: los dos artículos rechazados en el histórico inicio de la votación en general del Pleno de la Convención Constitucional

La mesa de la Convención durante la votación de esta noche. Foto: AgenciaUno

Esta madrugada culminó la primera votación en general de normas que alcanzaron mayoría simple en las comisiones temáticas. En la ocasión, fueron aprobadas 14 de las 16 iniciativas presentadas en su informe por la Comisión de Justicia, que recaen sobre el Capítulo “Sistemas de Justicia” de la nueva Constitución.


Esta madrugada, tras una larga jornada que comenzó con un nuevo debate para la aplicación del quórum de dos tercios, el Pleno de la Convención Constitucional culminó la primera votación en general de normas que alcanzaron mayoría simple en las comisiones temáticas. En la ocasión, correspondió el turno a las iniciativas emanadas de la la Comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional, que recae sobre las normas del Capítulo “Sistemas de Justicia” de la nueva Constitución.

De las 16 iniciativas presentadas en el informe de la comisión, solamente dos no alcanzaron el quórum de 2/3 de los convencionales (103 votos) que requerían para ser aprobadas. Ambas deberán volver ahora a la Comisión de Justicia, la que tendrá que presentar un nuevo informe dentro de un plazo de 15 días corridos.

El rechazo a ambos artículos provino de forma mayoritaria de convencionales de Vamos por Chile, a los que se le sumaron -principalmente- votos en contra de miembros del Colectivo Socialista y de Independientes No Neutrales (INN).

La primera propuesta rechazada correspondió al artículo 4°, referente a la “inamovilidad de los jueces y juezas”, y que obtuvo 89 votos a favor y 62 en contra, sin que se registraran abstenciones.

Su texto señalaba que “las juezas y jueces son inamovibles y no pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino por el Consejo de la Justicia, conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes”.

Agrega que estos “cesan en sus cargos únicamente al cumplirse la duración prevista para el mismo, por alcanzar los setenta años de edad, por renuncia voluntaria, por constatarse una incapacidad legal sobreviniente o por remoción”.

Tanto desde el Colectivo del Apruebo como de Renovación Nacional ya habían anticipado durante la jornada las pocas posibilidades de que el artículo 4° llegara a los dos tercios.

También fue impugnado el artículo 8°, relativo a la “ejecución de las resoluciones judiciales“. Este artículo, el cual durante la tarde también se anticipaba que era muy poco probable que obtuviera el quórum requerido, solo obtuvo 88 votos a favor, mientras que 63 convencionales optaron por rechazarlo. Tampoco se registraron abstenciones durante su votación.

La propuesta indicaba que “para hacer ejecutar sus resoluciones y practicar o hacer practicar las actuaciones que determine la ley, los órganos que ejercen jurisdicción podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública y a toda otra autoridad o persona, quienes deberán cumplir lo mandatado de forma rápida y expedita, sin poder calificar su justicia, fundamento, oportunidad o legalidad”.

Añade que “las sentencias y resoluciones dictadas en el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos permitirán revisar el efecto de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por tribunales del Estado de Chile”.

Tras el rechazo de estas normas, el convencional Christian Viera, independiente por la Lista del Apruebo y coordinador de la comisión de Sistemas de Justicia, señaló que “estamos muy tranquilas y tranquilos, porque creemos que se trata de normas muy importantes y que van a ser mejoradas. O sea, también incluso en aquellas normas, tras el ejercicio de deliberación, que cuentan con el rechazo o no alcanzan el quórum, es una oportunidad para poder generar y ofrecer un mejor texto”.

Por su parte, Patricia Politzer (INN), quien catalogó como histórico el inicio de las votaciones del pleno, dijo que la norma abarcada en el artículo 8° era “demasiado amplia”, y que junto a la establecida en el artículo 4° “serán mejoradas en comisión”.

El plazo para presentar nuevas indicaciones es hasta el viernes de esta semana.

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