Mesa de la Convención y Contraloría firman convenio que facilita declaración de intereses y patrimonio a constituyentes

Foto: Firma de Acuerdo entre la Contraloría General de la República y Mesa Directiva de la Convención Constitucional.

"Gracias al convenio con Contraloría cada constituyente podrá declarar intereses y patrimonio de forma rápida y con máxima transparencia”, destacó Elisa Loncón, presidenta del órgano constituyente.


El contralor general de la República, Jorge Bermúdez, y la Mesa de la Convención Constitucional -su presidenta Elisa Loncón y el vicepresidente Jaime Bassa- firmaron un acuerdo en el que la entidad fiscalizadora formaliza su colaboración con el órgano constituyente en aspectos como infraestructura a capacitación y Declaración de Intereses y Patrimonio.

“La discusión de normas para el futuro del país requieren de probidad y claridad. Gracias al convenio con Contraloría cada constituyente podrá declarar intereses y patrimonio de forma rápida y con máxima transparencia”, manifestó Elisa Loncón a través de su cuenta de Twitter.

Tras firmar el documento, el contralor Bermúdez señaló que “este es un desafío que uno podría categorizar como republicano y hay que apoyarlo lo más posible”.

Según indica el convenio, los 155 convencionales constituyentes podrán utilizar la plataforma electrónica DIP dispuesta por la Contraloría, así como también solicitar el soporte técnico para cumplir con la obligación legal establecida en el artículo 134 de la Constitución sobre declaración de intereses y patrimonio.

Asimismo, la Contraloría facilitará los auditorios y salas que cuenta en Santiago y “en todas las sedes regionales, con su respectivo equipamiento y conectividad, para que sean utilizados por los convencionales constituyentes si así lo requieren”.

Finalmente, la Contraloría puso a disposición cursos de capacitación, talleres o charlas que sean requeridas por la Convención.

Incumplir normativa daría lugar a destitución

El pasado 18 de junio los encargados de redactar una nueva constitución recibieron desde la Unidad de Secretaría Administrativa de la Convención Constitucional del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la “Guía del Convencional”, documento con aspectos normativos, administrativos y de probidad relacionados a la instancia, en el que se les recuerda que deben efectuar la Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) en los 30 días siguientes a la fecha de asunción del cargo y 30 días siguientes al cese de funciones.

La Ley de Probidad, especifica que “si la persona obligada a efectuar o actualizar la declaración de intereses y patrimonio no la realiza dentro del plazo dispuesto para ello o la efectúa de manera incompleta o inexacta, la Contraloría General de la República de oficio o a petición fundada de cualquier interesado deberá apercibir al infractor para que la realice o rectifique dentro del plazo de diez días hábiles, notificándolo por carta certificada”.

“Si tras el apercibimiento se mantuviera el incumplimiento, la Contraloría formulará cargos y el obligado tendrá el plazo de diez días hábiles para contestarlos. En caso de ser necesario, el período probatorio será de ocho días hábiles. Podrán utilizarse todos los medios de prueba, siendo ésta apreciada conforme a las reglas de la sana crítica. La Contraloría, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que se evacuó la última diligencia, mediante resolución fundada, propondrá al jefe de servicio, o a quien haga sus veces, la aplicación de una multa a beneficio fiscal de cinco a cincuenta unidades tributarias mensuales. Dicha multa se reiterará por cada mes adicional de retardo desde la notificación de la sanción”, señala la norma aludida en su artículo 11.

“Si el incumplimiento se mantuviera por un período superior a los cuatro meses siguientes a la notificación de la sanción, se considerará falta grave a la probidad y dará lugar a la destitución o cese de funciones del infractor”, dice la Ley 20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses.

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