CMF establece criterios para definir a los clientes bancarios que podrán seguir usando la tarjeta de coordenadas
Las instituciones que opten por establecer grupos de clientes que mantengan el uso de dicha mecanismo, deberán informarlo a la Comisión para el Mercado Financiero a más tardar el 1 de agosto de 2026.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que su Consejo decidió modificar la obligación de eliminar los mecanismos de autenticación con conjuntos de datos impresos, como lo son las tarjetas de coordenadas, a grupos de clientes que presenten dificultades en la adopción de mecanismos más robustos, obligación que se hará efectiva partir del 1 de agosto para el resto de los usuarios.
Esta decisión tiene como objetivo facilitar la transición de los clientes financieros hacia el nuevo mecanismo de Autenticación Reforzada del Clientes (ARC), dijo el organismo en comunicado.
De este modo la CMF estableció que grupos específicos de clientes, que se encuentren vigentes al momento de la aplicación de la norma y que cumplan con criterios predefinidos, continúen utilizando tarjetas de coordenadas como mecanismo de autenticación.
Inicialmente eliminación de la tarjeta de coordenadas estaba contemplada para entrar en vigencia el 1 de agosto de 2025, pero la CMF decidió aplazarla por un año en medio de la polémica ante las críticas por las dificultades que los adultos mayores podrían presentar con la nueva modalidad de verificación de datos, considerando que no todos tienen o manejan teléfonos inteligentes.
Adultos mayores y personas con discapacidad
En este sentido, precisamente los criterios considerados para la inclusión en los grupos mencionados informados ahora por la CMF corresponden a los siguientes: ser adulto mayor; presentar una condición de salud deteriorada o de discapacidad; tener dificultad para acceder a canales físicos de atención; o, presentar incompatibilidad o indisponibilidad de dispositivos de confianza -por ejemplo, un teléfono inteligente- con los mecanismos de autenticación que requiere la entidad.
Las instituciones que opten por establecer grupos de clientes que mantengan el uso de la tarjeta de coordenadas, mediante los criterios antes señalados, deberán informarlo a la CMF a más tardar el 1 de agosto de 2026.
El organismo aclaró que, en las operaciones donde se utilicen tarjetas de coordenadas, la autenticación no será considerada ARC, lo cual implica que en éstas los emisores asumirán un mayor riesgo en los casos de operaciones desconocidas
Adicionalmente, la modificación normativa explicita que las transferencias electrónicas de fondos, entre cuentas de un mismo cliente en una misma institución, están exceptuadas de ARC.
Además, se aclara que en los pagos recurrentes la autenticación reforzada se exigirá solamente al momento en que el cliente ingresa la instrucción.
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