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Contribuyentes han presentado casi 1.600 reclamos entre 2022 y 2025 por reavalúos fiscales

El director del SII respondió un oficio de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados donde detalló esto. También señaló que entre 2023 y 2026 los Tribunales Tributarios y Aduaneros han dictado resoluciones favorables a los contribuyentes en 245 casos.

Quién es el director del SII de José Antonio Kast

Casi 1.600 recursos de reposición administrativa se han interpuesto por parte de los contribuyentes en los años 2022, 2023, 2024 y 2025 en contra de los avalúos fiscales, de los cuales 225 han sido considerados ha lugar, 153 ha lugar en parte y en 1.203 se han rechazado.

Así lo detalló el Servicio de Impuestos Internos (SII) en una respuesta enviada el pasado 12 de agosto a un oficio enviado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, en la que solicitaron información respecto del “número de reclamos presentados por contribuyentes respecto de reavalúos fiscales, con especificación de los mecanismos de impugnación o reclamación utilizados, así como el número de reclamos efectivamente respondidos y la cantidad de casos en que dichas revisiones han concluido con una rebaja del avalúo”.

En su contestación, el SII explicó que la última resolución de Reavalúo de Bienes Raíces No Agrícolas vigente es de 2022, mientras que, el Reavalúo de Inmuebles Agrícolas se realizó en 2024, y de los Sitios No edificados, Propiedades Abandonadas y Pozos Lastreros en 2025.

El servicio indicó que, de acuerdo con la legislación, los mecanismos de reclamación de reavalúos implican causales específicas cómo la determinación errónea de la superficie de los terrenos o construcciones, la aplicación errónea de las tablas de clasificación y los errores de transcripción, de copia o de cálculo.

Existen dos vías para impugnar los avalúos: la administrativa vía reposición (RAV) y recurso jerárquico (RJ), y por la vía judicial ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

Respecto de la vía administrativa, el SII detalló que, en cuanto a los recursos de reposición, hasta el mes de junio del 2026 habían ingresado 1.579 reclamaciones de entre 2022 y 2025.

En 2022 ingresaron 1.370 reclamos por reevalúo de bienes no agrícolas, de los cuales en 188 casos se consideraron reclamos ha lugar, 130 ha lugar en parte y en 1.052 se consideró no ha lugar.

En 2023, se presentaron 81 reposiciones por reevalúo de sitio no edificados, de los cuales se consideró 1 ha lugar, 6 ha lugar en parte 74 no ha lugar. En 2024 ingresaron 68 reposiciones por reevalúo agrícolas, 22 se fallaron ha lugar, 5 ha lugar en parte y 41 no ha lugar. Ese mismo año ingresaron 33 recursos por sitio no edificado, de las cuales 4 se consideraron ha lugar, 12 ha lugar en parte y 17no ha lugar.

Por la misma causa ingresaron 27 recursos en 2025, 8 ha lugar y 19 no ha lugar.

En todo el periodo, e incluyendo los distintos reclamos, 223 recursos se consideraron ha lugar, 153 ha lugar en parte y 1.203 no ha lugar, equivalente a un 76,2%.

En su respuesta, el SII también indicó que se puede impugnar la resolución que resuelve el recurso de reposición administrativa mediante un Recurso Jerárquico (TJ) ante el director. Al respecto, precisó que los recursos administrativos también proceden en contra del avalúo asignado a un bien raíz en una tasación general y de los giros de impuesto territorial que se emitan en virtud de dicha tasación, así como en contra de las modificaciones individuales de avalúo de un inmueble y de los giros que se emitan en virtud de dichas modificaciones.

En 2024 entró en vigor la modificación al artículo 124 del Código Tributario para incorporar y unificar dentro del procedimiento general de reclamación las normas relativas al avalúo de bienes raíces. Según el SII, desde entonces se han conocido RAV, pero “no se han presentado RJ en contra de resoluciones RAV que se pronuncien sobre reavalúos generales”.

Sin embargo, el SII sostuvo que, en caso de no interponer el recurso jerárquico, el contribuyente puede reclamar en contra del mismo acto que impugnó en el recurso de reposición administrativa, ante el Tribunal Tributario y Aduanero competente.

En el detalle, entre 2023 y 2026 los Tribunales Tributarios y Aduaneros han dictado resoluciones favorables a los contribuyentes en 245 casos, mientras en 75 se han considerado en parte favorables, en 137 no favorables y en 57 como no aplica.

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