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Super de Pensiones publica norma en consulta que aborda situación financiera de largo plazo del Fondo Autónomo Previsional

El regulador puso en consulta una norma que busca perfeccionar la presentación de los estados financieros del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) que creó la reforma de pensiones, incorporando un reporte complementario sobre su situación financiera.

La Superintendencia de Pensiones puso en consulta una norma que busca perfeccionar la presentación de los estados financieros del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) que creó la reforma de pensiones.

“Se trata de la incorporación de un estado complementario denominado Balance Económico que tiene como objetivo reflejar la situación financiera del FAPP en un horizonte de largo plazo, es decir, de 75 años, de acuerdo con los supuestos considerados en la Ley N° 21.735 de reforma previsional", señaló el regulador mediante un comunicado.

Esta propuesta normativa que podrá recibir comentarios hasta el 21 de noviembre, “profundiza en la entrega de información y la transparencia respecto de la instalación y funcionamiento del FAPP, el que ya suma tres meses de operaciones, así como también de los recursos que administrará e invertirá para el financiamiento de los beneficios del nuevo Seguro Social Previsional (SSP) que comenzarán a pagarse desde enero de 2026″, dijo el regulador.

La norma en consulta “establece la obligación para el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP) de informar al público con claridad, de forma ordenada y comprensible, la composición de los activos, pasivos y patrimonio del Balance Económico. Lo mismo instruye respecto de las fuentes de financiamiento y las obligaciones presentes y proyectadas del FAPP”, detalló la Superintendencia.

La propuesta

La Superintendencia ya había publicado en agosto la Norma de Carácter General N° 344 con las instrucciones sobre la presentación de los estados financieros del FAPP.

Pero ahora el regulador “consideró apropiado ajustar y complementar las obligaciones para el AFAPP sobre reportes financieros y contabilidad del Fondo”.

En ese sentido, se definió ahora incorporar en los estados financieros del FAPP un estado complementario denominado Balance Económico, donde se refleje “el resultado del modelo actuarial vigente, lo que supone incorporar las proyecciones de largo plazo y los valores obtenidos en el último estudio actuarial del FAPP. Conforme a la Ley N° 21.735, dicho estudio actuarial debe contar con la evaluación externa realizada por profesionales de reconocido prestigio en la materia y con la evaluación técnica de la Superintendencia de Pensiones".

También deberá “informar las principales conclusiones que se derivan del Balance Económico del FAPP, explicando su significado y alcance e informando acerca de la sustentabilidad del Fondo. Deberá señalar y fundamentar los supuestos utilizados en la elaboración del Balance Económico, en particular, la tasa empleada para descontar las proyecciones de activos y pasivos actuariales del FAPP”.

El regulador puntualiza que “si bien podrá utilizar los resultados del último estudio actuarial para efectos de preparar el Balance Económico, el Administrador también podrá realizar la actualización de los valores de largo plazo de algún parámetro del modelo actuarial en el caso que disponga de información relevante que, de acuerdo con su análisis, justifique hacerlo. Su incidencia sobre los resultados del Balance Económico deberá ser informada en una nota explicativa, consignando claramente los fundamentos técnicos de tal actualización”.

Asimismo, explica que se definió “actualizar las instrucciones asociadas a la Contabilidad e Informes Financieros del FAPP, traspasando lo relativo a la información actuarial contenida en el Balance General y Estado de Variación Patrimonial, al nuevo Balance Económico. Dado que el estudio actuarial a que se refiere el artículo 51 de la Ley N° 21.735 se debe realizar cada tres años, el proyecto de norma contempla que, en tanto no se disponga de dicho estudio para la elaboración del Balance Económico, se podrán considerar como base las proyecciones de largo plazo del FAPP efectuadas en otro estudio que determine el Administrador del Fondo".

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