Nacional

Defensora nacional advierte que proyecto antiencapuchados de Olivares (PDG) “no da certeza jurídica al personal policial”

La iniciativa tipifica el delito de ocultamiento de identidad en el contexto de eventos masivos y desórdenes públicos.

La comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara Baja sesionó este lunes para iniciar el estudio en general del proyecto de ley de autoría del diputado del Partido de la Gente (PDG) Javier Olivares y originado en moción de Olivares y sus pares de bancada Paula Olmos, Tamara Ramírez, Patricio Briones, Guillermo Valdés y Juan Valenzuela que modifica el Código Penal con el objeto de tipificar el delito de ocultamiento de identidad en el contexto de eventos masivos y desórdenes públicos.

El gobierno de José Antonio Kast otorgó suma urgencia a la discusión de la iniciativa en su primer trámite constitucional.

En la sesión, la defensora nacional, Verónica Encina Vera, expuso la opinión institucional de la Defensoría Penal Pública sobre el proyecto.

“Creemos que el proyecto posee varias dificultades que implicarían un problema de aplicación sistemática del derecho, que generaría problemas graves de interpretación, pero también una amenaza concreta a derechos fundamentales”, planteó.

La iniciativa busca incorporar al Código Penal un nuevo artículo que sanciona a las personas que “en el contexto de reuniones en lugares de uso público” utilicen “capuchas, pañuelos, máscaras, maquillaje u otros elementos” que cubran, oculten o simulen su identidad, de modo que se impida o dificulte su identificación por parte de la autoridad.

La norma contempla como pena el presidio menor en su grado mínimo y excluye de responsabilidad a quienes utilicen dichos elementos por razones de salud, culto religioso o condiciones debidamente justificadas.

Encina explicó que el análisis de la institución se realizó desde una perspectiva sistémica del ordenamiento jurídico penal, considerando los principios generales que rigen esta materia, la normativa vigente y los estándares internacionales de derechos humanos.

En ese marco, planteó que la propuesta debe ser revisada a la luz del principio de última ratio penal, la teoría del bien jurídico protegido y el principio de proporcionalidad.

La defensora explicó que la redacción del nuevo tipo penal se refiere de manera amplia a “reuniones en lugares de uso público”, sin incorporar un contexto específico ni una finalidad concreta asociada a la comisión de delitos.

“Lo que preocupa es que, si se lee tal cual está, tenemos una redacción como tipo objetivo que no establece un contexto ni una intencionalidad específica”, puntualizó.

En esa línea, advirtió que esa amplitud puede afectar el principio de legalidad, al no permitir identificar con claridad cuál es la conducta penalmente sancionada ni cuál es el bien jurídico protegido.

La abogada sostuvo que una descripción típica imprecisa podría generar incertidumbre incluso para el personal policial encargado de aplicar la norma.

“No da certeza jurídica efectivamente al personal policial que es quien va a tener que ejecutar finalmente las supuestas detenciones”, expresó.

Encina Vera agregó que el proyecto también presenta problemas de coherencia con el ordenamiento jurídico vigente. En particular, mencionó que el Código Procesal Penal ya contempla como indicio para el control de identidad el hecho de que una persona se encapuche para ocultar, dificultar o disimular su identidad. Por ello, advirtió que la misma conducta pasaría de ser un indicio para una actuación policial a constituir un delito autónomo.

Desde la perspectiva de la proporcionalidad, la defensora Nacional señaló que la propuesta podría sancionar penalmente el solo uso de determinados elementos cuando estos dificulten la identificación, sin exigir necesariamente una conducta violenta o delictiva adicional.

Encina Vera sostuvo que los estándares internacionales han advertido que el uso de disfraces, máscaras o elementos que cubran el rostro no debe ser equiparado por sí mismo a una intención violenta.

En esa línea, sostuvo que una regulación penal amplia sobre esta materia podría traducirse en una restricción indebida del derecho a manifestación y abrir espacios para eventuales cuestionamientos en sede internacional.

La comisión aprobó por mayoría la idea de legislar y el proyecto continuará su tramitación.

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