Martín Pradenas: Tribunal decreta reabrir la investigación, pese que el Ministerio Público se había opuesto a la solicitud planteada por querellantes

Abogados pidieron la reapertura para que la fiscalía pudiese indagar los dispositivos electrónicos encontrados en la celda del imputado, que contendrían material pornográfico, así como también la extracción de conversaciones sostenidas por el imputado vía WhatsApp. El SML deberá elaborar un perfil psicológico de Pradenas tras los nuevos hallazgos. Se otorgó un plazo no superior a 30 días.


Hoy el Juzgado de Garantía de Temuco decretó la reapertura de la investigación a Martín Pradenas, imputado como autor de los delitos reiterados de abuso sexual y violación, que habría perpetrado entre 2010 y 2019, en Temuco y Pucón. Una de las denuncias es la supuesta violación a Antonia Barra, el 18 de septiembre de 2019, ocurrida en Pucón. La joven se quitó la vida tres semanas después.

La solicitud fue planteada por el abogado querellante Alejandro Guzmán, luego de que en la celda en la cual Pradenas se encuentra cumpliendo prisión preventiva se le hallaran pendrives y tarjetas de memoria con cerca de mil fotografías y videos con contenido sexual.

Además, se solicitó extraer los chat de WhatsApp en un teléfono incautado al imputado. La solicitud también fue adherida por la abogada querellante Mercedes Bulnes, quien representa a la víctima identificada con las iniciales F.D.M.O. Con esto, Guzmán pidió que el Servicio Médico Legal le realice una pericia psicológica a Pradenas.

Sin embargo, el Ministerio Público se había opuesto a la solicitud de reabrir la investigación, señalando que “no resulta procedente”. En primer término, el fiscal Raúl Espinoza dijo: “No habiéndose reclamado oportunamente ante el señor fiscal regional en ninguno de los casos que se ha planteado por parte de los intervinientes en forma previa a mi intervención, entendemos que dichas solicitudes deben ser desestimadas por improcedentes”.

En relación a la solicitud de extraer la mensajería de Pradenas, dijo que “los dispositivos electrónicos son fácilmente alterables una vez que son intervenidos fuera del espectro de los procedimientos forenses, es decir la evidencia puede quedar inutilizada básicamente por la alteración de un elemento conocido como código Hash”.

Respecto a que el SML realice un perfil psicológico a Pradenas, tras el hallazgo de contenido pornográfico en dispositivos ubicados en su celda, el fiscal dijo: “Nos vamos a oponer a la diligencia por dos razones fundamentales”.

En ese sentido, dijo que “el imputado se ha negado dentro de la investigación a someterse a una pericia de carácter psicológica o psiquiátrico”. Por otro lado, agregó que “en el informe de Vinculación de Casos que fue confeccionado por peritos del Instituto de Criminología de la Policía de Investigaciones ya consta un perfil psicológico de Martín Pradenas. Dicho perfil, entendiendo la fiscalía, ya resulta bastante a efecto de poder mantener la imputación que se ha efectuado a lo largo de estos meses. De ese modo se trataría de una diligencia inconducente en relación a la redundancia de la misma”.

Uno de los abogados de la defensa de Pradenas, Javier Jara, apoyó los comentarios de la fiscalía y dijo que “esta reapertura es absolutamente impertinente e improcedente”.

El juez Juan Mauricio Poblete Erices señaló que se acogía reabrir la investigación para realizar dos diligencias: Las interceptaciones telefónicas solicitadas y un informe psicológico que deberá entregar el Servicio Médico Legal de Pradenas. Esto último, luego de que se indaguen los dispositivos electrónicos hallados en la celda del imputado con material de contenido sexual.

En referencia al informe psicológico del SML, que para la fiscalía resultaba “redundante”, el magistrado dijo: “El tribunal estima que hay una situación que también resulta a lo menos disímil. La fiscalía sostiene que esa vinculación resulta redundante, porque el imputado ya ha sido sometido a un peritaje. Pero ese peritaje pudo haberse orientado a una cuestión distinta de aquellos elementos que emanan de este hallazgo que se produce en la celda del imputado. Bajo ese prisma, el tribunal estima que no es una cuestión redundante y que supone necesariamente realizar una diligencia donde se practique esa vinculación por el Servicio Médico Legal”.

Así las cosas, se fijo un nuevo plazo de investigación no mayor a 30 días. Tras ello se fijará una nueva fecha de inicio de juicio oral, que estaba contemplada para el 30 de septiembre. Asimismo, en la audiencia el tribunal desestimó una solicitud planteada por la defensa de Pradenas en torno a sacar a Alejandro Barra, padre de Antonia, como querellante en la causa.

Tras la audiencia, el fiscal Espinoza explicó que “en su momento el Ministerio Público se opuso a todas estas diligencias porque algunas ellas eran improcedentes en su práctica por razones técnicas, otras resultaban improcedentes porque derechamente no existían las evidencias y tras ya habían sido cumplidas o eran redundantes por haberse practicado previamente diligencias que eran prácticamente idénticas”.

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