"Pena natural": otro motivo por el cual no se condenará al padre del niño que murió encerrado en el auto

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La PDI realizó las primeras diligencias en el Colegio San Agustín. Foto: AgenciaUno

Fiscalía consideró este concepto para ofrecer la suspensión condicional a Víctor Fuentes.


"Cuando estamos en presencia de hechos en donde la conducta del imputado trae aparejado resultados que son desde el punto de vista moral mayores a la condena, la pena pierde sentido".

Las palabras son del fiscal Álvaro Pérez y refleja uno de los motivos que explican el por qué la fiscalía optó por ofrecerle a Víctor Fuentes una suspensión condicional del procedimiento. El persecutor, con esto, hace referencia a lo que en el derecho se llama "pena natural".

Según Gonzalo Medina, abogado y profesor de la Universidad de Chile, este concepto se ha usado tradicionalmente en los asuntos penales, pero "se trata de un elemento que no está presente en el Código Penal Chileno". La "pena natural" hace referencia a que cuando las consecuencias que le toca sufrir a la persona que cometió un delito son de tan envergadura que pueden significar una dispensa o aminoramiento de la pena que podría imponérsele.

Medina lo explica de la siguiente manera: "En definitiva se trata de un análisis que se hace teniendo en cuenta cuáles son los fines de la pena. Se entiende que como consecuencia del daño que ha sufrido la persona posterior a la comisión del delito por el cual se le está investigando o juzgando, no se hace necesaria la persecución de la sanción penal, porque ya se han cumplido todos los fines de la pena, es decir, esa persona no va a reincidir en ese delito y el hecho mismo funciona como factor disuasivo".

Este fue uno de los elementos que tuvo presente la Fiscalía Oriente para considerar la suspensión condicional de Fuentes. "Cuando las consecuencias del actuar delictivo son de tal envergadura, incluso morales para el propio imputado, y mayores que la imposición de una pena, la pena deja de tener sentido (…) pasa a ser intrascendente", explicó Pérez.

La suspensión condicional consiste en que "la causa se suspende por un período, debiendo cumplir el imputado ciertas condiciones". Luego de ese tiempo el caso se termina y no quedan registros en el certificado de antecedentes. La fiscalía informará en la audiencia cuáles serán esas condiciones, pero el fiscal adelanta que serán de una "gravosidad mediana".

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