Triunfan los vecinos: Suprema confirma que hay que reanudar procesos de invalidación de permisos en edificios de Estación Central

Corte Suprema ratifica invalidación de permisos de edificación a proyectos de departamentos en Estación Central

El máximo tribunal ratificó lo que había fallado la Corte de Apelaciones en 2019, cuando acogió una solicitud de vecinos que pedían hacerse parte de los procesos de invalidación de permisos de edificación en esa comuna, lo que en la práctica implica reabrir algunos casos que ya están cerrados sobre los llamados “guetos verticales”.


Revive el fantasma sobre los polémicos edificios de gran altura de Estación Central, los llamados “guetos verticales”. En concreto, los vecinos de la comuna se anotaron un triunfo en la Corte Suprema, ya que el máximo tribunal confirmó lo que había fallado en 2019 la Corte de Apelaciones de Santiago, cuando ordenó reabrir procesos de invalidación de permisos de edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales (DOM) para incorporar a los habitantes del municipio al proceso.

Esto, luego de que la Tercera Sala de la Corte Suprema este lunes declaró inadmisibles los recursos de casación en la forma y rechazó los recursos de casación en el fondo que habían interpuesto la municipalidad de Estación Central y las inmobiliarias que comparecieron como terceros interesados en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones.

El origen del caso se remonta a fines de 2018, cuando a raíz de un dictamen de Contraloría que establecía que las autorizaciones otorgadas habían sido emitidas contraviniendo la normativa vigente, la DOM de Estación Central tuvo que abrir una serie de procesos para invalidar permisos de edificación.

Luego de este proceso administrativo de invalidación varios de esos permisos se mantuvieron a firme, mientras que otros fueron invalidados. Pero el tema de fondo es que en esos procedimientos se excluyó a las agrupaciones de vecinos de la comuna, por lo que decidieron recurrir a la justicia para que se los considere.

Así las cosas, en octubre de 2019 la Corte de Apelaciones de Santiago les dio la razón a los vecinos y acogió el reclamo que presentaron en contra de una resolución de la DOM de Estación Central, que a inicios de 2019 les negó la posibilidad de participar en los procedimientos de invalidación de permisos.

El triunfo de los vecinos pone un grado de incertidumbre para las inmobiliarias involucradas, ya que la reapertura de estos procesos podría terminar en que finalmente se ordene la paralización de aquellos edificios pendientes.

En su fallo, la Suprema señala que “al contrario de lo que postula la recurrente, los sentenciadores han establecido la existencia del interés colectivo que habilita a los reclamantes para intervenir como partes interesadas en los procedimientos de invalidación, precisamente a partir de los antecedentes que obran en el proceso, lo que revela que el presente arbitrio de nulidad sustancial se sustenta, más que en una pretendida de infracción de ley, en la disconformidad por parte del recurrente con la decisión adoptada por los jueces del fondo”.

El abogado que defendió a los vecinos, Cristóbal Osorio, del estudio jurídico Osorio Vargas & Abogados, comenta que “estamos muy contentos con la sentencia de la Corte Suprema que fija los contornos sobre los guetos verticales y rol de las vecinas y vecinos. Hoy el futuro de los permisos queda en manos del nuevo alcalde de Estación Central“.

Por su parte, el alcalde de Estación Central, Felipe Muñoz-independiente en pacto del Frente Amplio-, asegura que “este fallo es una gran victoria para la ciudadanía. Durante muchos años en nuestra comuna nadie escuchó a la comunidad y la participación ciudadana no fue más que una quimera. Hoy, la Corte Suprema nos señala que el exalcalde Delgado decidió excluir a los vecinos y vecinas del desarrollo urbano de la comuna, lo que ha traído terribles consecuencias. Nuestra voluntad es que se amplíen cada vez más los mecanismos de participación ciudadana y que nuestros barrios se desarrollen en armonía y de manera sostenible”.

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