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Formalización por el caso Sartor cumple su día 9: defensa de imputado alude a fallo de la Corte Suprema

Este lunes, el máximo Tribunal anuló la decisión de la Comisión para el Mercado Financiero de 2024 que revocó la autorización de existencia de Sartor AGF, algo que fue mencionado por el abogado de Rodrigo Bustamante. "La extinción de la existencia de Sartor AGF fue adoptada ilegalmente", apuntó.

30/07/2026 - FORMALIZACION CASO SARTOR. Foto: Mario Tellez MARIO TELLEZ

La decisión de la Corte Suprema, que este lunes anuló la decisión de diciembre de 2024 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de revocar la autorización de existencia de Sartor AGF fue el punto de partida de la defensa de Rodrigo Bustamante, uno de los ex socios del grupo financiero.

En la novena jornada de formalización del Caso Sartor, el abogado Jorge Cabrera subrayó que la resolución del Tribunal señala que “la extinción de la existencia de Sartor AGF fue adoptada ilegalmente, entre otras cosas porque ese procedimiento se adoptó imputando vicios que sólo podrían haberse imputado en un procedimiento sancionatorio”.

Además, indicó que, si la intervención de la CMF fue ilegal, “entonces cabe preguntarse si es que efectivamente existe alguna vinculación causal y normativa entre estas conductas descritas de manera particularmente imprecisa, con ese perjuicio total o esa parte del perjuicio que podría hipotéticamente corresponder a la intervención de mi representado”.

Cabrera expuso que Bustamante era el gerente general de Sartor Wealth Management, “una empresa distinta y dependiente de Asesorías e Inversiones Sartor, dedicada a la asesoría de inversiones sobre la base de un modelo abierto, donde, en la cartera, los fondos Sartor representaban apenas un 30% de lo invertido. Mi representado, a diferencia de otros imputados en esta causa, nunca participó en la evaluación y decisión de créditos, análisis de riesgos y prórrogas, como tampoco cumplió ninguna función vinculada a Sartor AGF”.

Por otra parte, dijo que la “formalización de la investigación menciona a mi representado de manera tan indiferenciada que no queda otra que asumir que el Ministerio Público ha considerado que mi representado ha realizado el tipo (penal) sencillamente por haber detentado cargos o poderes de representación, sin que se mencione cómo esos cargos y esos poderes se habrían ejercido de manera contraria a los intereses de los fondos”.

Así, expuso que la participación de Bustamente en la emisión de los estados financieros de diciembre de 2023 y los estados financieros intermedios de 2024, que forman parte de la acusación de la Fiscalía, “no permiten sostener que mi representado ha administrado abusiva o infielmente el patrimonio de los fondos, primero porque mi representado fue director de la compañía durante un periodo muy breve de tiempo: segundo, porque la sola votación favorable de los estados financieros de los fondos resulta absolutamente insuficiente para fundarle una imputación de administración desleal, dado que mi representado no disponía de ningún antecedente para cuestionar el contenido dicho estado financiero”.

“No se ha acreditado en ningún hecho concreto que permita sostener que exista una intervención de mi representado en la suscripción de estas operaciones, son todas operaciones de Asesorías e Inversiones Sartor”. afirmó.

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