Convención aprueba incluir artículo que permite interrupción voluntaria del embarazo en el borrador de la nueva Constitución

Constituyentes feministas en acto en la Convención Constitucional. Foto: Sebastián Beltrán Gaete / Agencia Uno.

El pleno de la Convención Constitucional votó en particular el informe realizado por la Comisión de Derechos Fundamentales. Como resultado, el artículo sobre derechos sexuales y reproductivos que establece que el Estado deberá garantizar las condiciones para el aborto quedó consagrado en el borrador de la nueva Constitución, así como también el derecho a la educación sexual.


Pasadas las 19.00 horas del martes, el pleno de la Convención Constitucional dio inicio a la votación en particular del primer informe de normas emitido por la comisión de Derechos Fundamentales (DD.FF). En esta ocasión, pañuelos y carteles verdes y morados se tomaron el hemiciclo del exCongreso. Esto debido a que en esta instancia se votó y aprobó la inclusión en el borrador de la nueva Constitución un artículo que establece que el Estado garantizará las condiciones para la “interrupción voluntaria del embarazo”.

Esta votación se dio luego de que el jueves de la semana pasada, en la votación en general del informe, el pleno aprobara 14 de los 50 artículos incluidos en el texto emitido por la comisión de DD.FF. Entre ellos, los referidos a los derechos sexuales y reproductivos. Los 36 artículos rechazados, en tanto, fueron devueltos a la comisión y serán modificados para ser votados nuevamente en las próximas semanas.

El primer inciso del artículo sobre derechos sexuales y reproductivos, que establece que todas las personas son titulares de estos derechos, fue aprobado por 113 votos a favor, 35 en contra -provenientes de la derecha- y cinco abstenciones. Este mismo inciso también incluye el derecho a “decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo y el ejercicio de la sexualidad”.

A la vez, se aprobó, y con un largo aplauso dentro del hemiciclo, el inciso segundo del artículo, que explicita el que el Estado garantizará el ejercicio de los derechos sexuales, así como las condiciones para un “embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”. Este fue aprobado por 108 votos a favor, 39 en contra -de la derecha y algunos del Colectivo del Apruebo- y seis abstenciones.

Inmediatamente tras la votación, y aprovechando la pausa sanitaria que se realiza cada dos horas en cada pleno, las convencionales que apoyaron el artículo corrieron a las afueras del exCongreso y se unieron a las organizaciones feministas que, confiadas en que se aprobaría, esperaban para celebrar.

Tras la aprobación, la convencional feminista Alondra Carrillo (MSC) afirmó: “A nadie la van a obligar a abortar. Lo que nosotras hoy aprobamos es que podamos decidir. Para todas las niñas, las mujeres, para todas, nosotras les entregamos ese derecho a que puedan decidir sobre sus cuerpos y estamos muy orgullosas de haberlo hecho”.

Sin embargo, el artículo también despertó críticas en la derecha y parte del Colectivo del Apruebo. La convencional Katerine Montealegre (Unidos por Chile) argumentó: “Aquellos que se hacen llamar feministas podrán aplaudir, burlarse y celebrar, porque se creen heroínas de no sé… ¿El aborto soluciona la violación? No. ¿Soluciona la violencia contra la mujer? No ¿Elimina las situaciones desgarradoras que llevan a una mujer a abortar? No”.

En esta misma línea, la convencional Bárbara Rebolledo (RN-Evópoli-Ind) presentó indicaciones para suprimir los incisos del artículo, así como la norma en su totalidad. Sin embargo, todas fueron rechazadas por amplia mayoría.

Durante la jornada también se aprobó, con 106 votos a favor, el primer inciso del artículo sobre educación sexual, el que pretende establecer que todas las personas “tienen derecho a recibir educación sexual integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad”.

Al respecto, la presidenta de la Convención, María Elisa Quinteros, dijo durante su intervención: “La educación es una herramienta relevante que nos permite como sociedad evitar situaciones lamentables como la divulgada la semana pasada, en donde estudiantes mujeres de un liceo emblemático de Santiago denunciaron situaciones de violencia de género ejercida por sus pares hombres del establecimiento educacional”.

Sobre estos artículos, la convencional Janis Meneses (MSC), quien es una de las co-coordinadoras de la comisión de DD.FF, dijo: “Ambos apuntan a dejar atrás una historia completa de objetivación de la mujer, que seamos tratadas culturalmente y jurídicamente como personas con derecho a decidir. Nada impedirá que quien desee abortar lo intente hacer y lo haga. Pero sí podemos impedir que esta sea encarcelada o termine muerta en la clandestinidad”.

Principios de los Derechos Fundamentales en la nueva Constitución

Uno de los artículos que generó mayor consenso fue el tercero del informe, que, con 133 votos a favor, logró establecer en el borrador de nueva Constitución que el Estado “deberá adoptar todas las medidas necesarias para lograr de manera progresiva la plena satisfacción de los DD.FF”.

Al respecto, el co-coordinador de la comisión de DD.FF, César Valenzuela (Colectivo Socialista), señaló durante su intervención previa a la votación: “La virtud del principio de procesividad es que reconoce que las constituciones no son instrumentos de resolución inmediata de las necesidades y problemáticas de los países. Pero al mismo tiempo es capaz de imponer de forma responsable, concreta y activa un deber de actuación del Estado”.

En tanto, ambos incisos referidos al objeto y fin de los DD.FF fueron rechazados por el pleno. Estos buscaban establecer que principios como que los DD.FF son universales e inalienables, y que “el pleno ejercicio de estos derechos es condición necesaria para asegurar la paz y la democracia”. Por tanto, la comisión deberá reformular el artículo en un nuevo informe y someterlo nuevamente a votación.

Además, la Convención también aprobó uno de los incisos del artículo 10, el que establece que “ninguna persona puede ser privada de su libertad arbitrariamente”.

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