Por Rodrigo Gómez S.CIDH pide a la Corte IDH adoptar medidas provisionales por proyecto que conmuta penas a condenados por delitos de lesa humanidad
El organismo internacional advirtió que la aprobación de la iniciativa de senadores de Chile Vamos pondría en riesgo el acceso de la justicia de las víctimas y generaría una afectación a asuntos juzgados internacionalmente.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) adoptar medidas provisionales ante el avance del proyecto en el Senado que permitiría conmutar penas a personas mayores, lo que podría beneficiar a condenados por delitos de lesa humanidad y otros delincuentes.
La instancia internacional se refirió al proyecto luego de que las familias de víctimas de violación a los DD.HH. del caso denominado Vega González versus Chile, alertaran a dicha instancia internacional de un posible incumplimiento del fallo de la Corte IDH, en el cual se condenó a nuestro país por incumplir la normativa internacional y rebajar condenas de exagentes de la dictadura a quienes la Corte Suprema tuvo que aumentarlas por el fallo internacional.
Aquello se da en el marco de la herramienta denominada “medidas provisionales”, donde denunciantes de un fallo de la Corte IDH pueden hacer ver a la instancia que se está faltando al fallo.
En este caso, a su juicio, el avance del proyecto de ley en cuestión iría en contra del fallo de ese mismo tribunal, ya que beneficiaría a 30 exagentes, los mismos a quienes se les aumentó la pena, de acuerdo a la presentación realizada por la abogada especialista en derechos humanos, Karinna Fernández.
En la comunicación enviada a la Corte IDH, la comisión “solicita a la Honorable Corte que, actuando de manera preventiva, requiera al Estado, a través de sus tres Poderes, que, a fin de garantizar el derecho al acceso a la justicia de las víctimas del caso, y en cumplimiento de la sentencia, tome las acciones necesarias para que no se adopten, se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia la iniciativa legislativa mencionada, a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de esos casos”.
En su argumentación, la secretaria ejecutiva adjunta, María Claudia Pulido, también citó otro caso ocurrido bajo el rótulo de Casos Barrios Altos y La Cantuta Vs. Perú, en que la Corte IDH “decidió, por ejemplo, que no se dejen sin efecto o no se otorgue vigencia a tales iniciativas, u otras similares a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de esos casos”.
“En el seguimiento del asunto mencionado, esta Corte determinó, por resolución de 3 de octubre de 2025, que la promulgación de la ley referida configuró una situación grave, urgente e irreparable para el derecho al acceso a la justicia de las víctimas”, advirtiendo que una situación similar podría replicarse de aprobarse la idea de senadores de Chile Vamos.
Tras el análisis del articulado del proyecto que iniciará su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados, la comunicación establece que se cumple el requisito de “extrema gravedad” en atención a las víctimas que presentaron la denuncia.
Asimismo, la CIDH afirma que el proyecto que discutirá el Senado no contiene “criterios claros” para aplicar el arresto domiciliario, lo que también fue expresado por la Corte Suprema.
Respecto a las víctimas del caso, la comisión estima que “las disposiciones de la iniciativa legislativa, según indicó la representación, beneficiarían a 30 personas condenadas por los hechos analizados por la Corte en el Caso Vega González por reunir las características”.
“La representación aportó una lista individualizada de condenados por delitos cometidos en relación con el Caso Vega González que podrían salir de prisión si la ley se aprueba. Lo anterior refleja una relación directa de la aplicación de la norma en cuestión con el acceso a la justicia de las víctimas del presente caso”, se lee en el documento remetido a la Corte IDH.
Por lo anterior, desde la comisión se agrega que la Corte Interamericana ha indicado que, de aprobarse una iniciativa legislativa similar a esta, el Estado podría incurrir en “una afectación de la cosa juzgada internacional” respecto de sentencias, o sobre otros casos que involucren la persecución penal por graves violaciones a los derechos humanos.
“Esta Corte Interamericana ha sostenido que ‘la promulgación de una ley manifiestamente contraria a las obligaciones asumidas por un Estado parte en la Convención constituye per se una violación de ésta y genera responsabilidad internacional del Estado’”, advierten.
El escrito remitido a la Corte IDH añade que “la Comisión recuerda la importancia de que las autoridades chilenas ejerzan un debido ‘control de convencionalidad’ ex officio (...) de forma tal que la interpretación y aplicación del derecho nacional sea consistente con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos”.
La abogada Karinna Fernández, afirmó que “tal como dice la Comisión Interamericana, que ha sido muy clara en este sentido, el Estado chileno tiene la obligación de imponer penas que prevengan la impunidad, considerando particularmente los delitos de graves violaciones de los derechos humanos, donde también entraría entonces dentro del debate, que ha mencionado también el Presidente en su idea de indultar y generar factores de impunidad”.
“Justamente lo que lleva el caso de Vega González es mostrar que la magnitud de la pena y cómo se cumple la pena sí es un elemento relevante del derecho internacional y cómo señala la resolución de la Comisión Interamericana, cualquier tipo de beneficio que vaya en contra del cumplimiento efectivo en prisión de las penas, justamente afecta la cosa juzgada internacional y genera responsabilidad y podría generar responsabilidad internacional respecto del Estado de Chile”, concluye.
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