Por José NavarreteComisión de Gobierno del Senado rechaza proyecto que tipifica delito de ingreso clandestino al país
La instancia, presidida por la senadora del Partido Socialista (PS) Danisa Astudillo, rechazó en general la iniciativa por tres votos contra dos.

La comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado votó este martes sobre el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley 21.325, de Migración y Extranjería, para tipificar el delito de ingreso clandestino al territorio nacional.
La instancia, presidida por la senadora del Partido Socialista (PS) Danisa Astudillo, rechazó en general el proyecto por tres votos contra dos.
“Lamentamos que la comisión haya rechazado en general este proyecto, sabiendo que es una instancia donde se discute sobre la idea de legislar y que desde el Ejecutivo siempre ha existido la disposición a conversar y a perfeccionar la iniciativa”, señaló José Pablo Núñez, coordinador legislativo del Ministerio del Interior, expresando su disconformidad con la decisión.
Núñez aseguró que para el gobierno esta iniciativa era “prioritaria”.
En esa línea, recalcó que “el resguardo de las fronteras y el orden y el control fronterizo es un bien jurídico fundamental que requiere la mayor protección”.
“Me hubiese gustado que hoy día que íbamos a votar hubiese una autoridad presente”, replicó, en tanto, la presidenta de la comisión, Danisa Astudillo.
La votación se generó tras una ronda de audiencias en las que acudieron a la comisión representantes de la PDI, el Servicio Nacional de Migraciones, el INDH y la Defensoría Nacional Pública, entre otros.
En enero de 2024, el proyecto se aprobó en la Cámara de Diputados con 88 votos a favor.
La propuesta busca castigar con presidio la entrada irregular al país y, tras el cumplimiento de la pena, fija la expulsión del extranjero.
A la sesión de este martes estaba invitado el fiscal nacional, Ángel Valencia, que se excusó de asistir.
Sí estuvo la defensora nacional, Verónica Encina, que advirtió sobre una eventual vulneración de tratados internacionales.
El actual senador de Renovación Nacional (RN) Andrés Longton, que fue uno de los impulsores del proyecto originado en moción en la Cámara de Diputados, defendió la iniciativa y afirmó que el llamado derecho a migrar “es inexistente y prima la soberanía de los países”.
El proyecto establece reglas procesales especiales que se aplicarán para perseguir penalmente el nuevo tipo penal.
De aprobarse, se castigará el ingreso clandestino con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y una multa de 5 a 10 UTM.
La pena aumenta (541 días a 5 años) si la persona ingresa teniendo una prohibición de ingreso vigente, o si lo hace falsificando documentos u ocultando información.
Asimismo, se establece la expulsión del país como una pena accesoria, de la cual se debe cumplir obligatoriamente una vez que se termine de pagar la multa o cumplir con pena de cárcel.
No se aplicará a menores de edad (ni a sus padres o cuidadores), ni a refugiados que provengan directamente de lugares donde su vida o libertad corran peligro.
La Corte Suprema emitió un informe en el que manifestó sus reparos a la regla especial de detención en flagrancia de los delitos migratorios propuestos, estimando que pareciera sobreponerse a regulaciones ya existentes sobre devolución inmediata y no ajustarse a la Constitución ni a la Convención Americana de Derechos Humanos
“En cuanto al plazo de ampliación de la detención por los referidos delitos, el plazo de 5 días no se condice con la naturaleza del ilícito objeto de la propuesta, toda vez que nuestro ordenamiento contempla dicho término únicamente para delitos terroristas”, señaló el máximo tribunal en su informe emitido en julio de 2024.
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