Nacional

De Fuente-Alba a ProCultura: los reveses judiciales que ha sufrido la Fiscalía en febrero

Decisiones unánimes, estándares probatorios cuestionados y diligencias invalidadas han marcado un período complejo para el Ministerio Público, en causas de alto impacto político, institucional y penal.

La primera mitad de febrero ha golpeado al Ministerio Público. En una sucesión de resoluciones adversas -algunas de ellas unánimes y provenientes de los más altos tribunales del país- la Fiscalía vio frustradas solicitudes clave en debilitados casos emblemáticos y cuestionados procedimientos investigativos, en escenarios donde están en juego autoridades políticas en ejercicio, un ex alto mando militar y figuras del Poder Judicial.

Entre los reveses judiciales, el ente persecutor resintió los factores considerados por los tribunales en casos de contingencia pública como la insuficiencia de indicios para decretar prisión preventiva en el caso ProCultura y la falta de argumentos suficientes para justificar el desafuero del gobernador metropolitano, Claudio Orrego.

Asimismo, se declaró la ilegalidad de una declaración clave en la denominada Trama Bielorrusa, y la ratificación, por parte de la Corte Suprema, de la absolución del excomandante en jefe del Ejército, Juan Miguel Fuente-Alba, y de su esposa, en la causa por lavado de activos, por presunto mal uso de gastos reservados.

Corte rechaza desafuero de Orrego en caso ProCultura

Este martes, el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrado por 24 ministros, rechazó por 24 votos contra 0 la solicitud del Ministerio Público de desaforar al gobernador metropolitano Claudio Orrego en el marco de la investigación por el denominado caso ProCultura.

El gobernador de la RM, Claudio Orrego JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La Fiscalía, a través del fiscal Cristián Aguilar, había solicitado el desafuero con el argumento de que existían indicios de participación del exintendente de la RM, junto al imputado Alberto Larraín, en un supuesto fraude por más de mil millones de pesos derivados de una transferencia para ejecutar el programa social “Quédate”.

Tras una audiencia de dos horas y media y un receso deliberativo, la corte decidió que los antecedentes presentados no eran suficientes para autorizar el desafuero, lo que impide avanzar con la formalización en contra del gobernador en ese grado procesal.

Al respecto, el fiscal Aguilar señaló tras el fallo que no se podía comentar pasos futuros hasta conocer los fundamentos de la resolución.

En tanto, la defensa de Orrego, representada por el abogado Ciro Colombara, calificó la votación unánime como satisfactoria y anticipó que podría solicitar el sobreseimiento judicial de su cliente.

Declaran ilegal declaración de Lagos en causa Trama Bielorrusa

La semana pasada, el jueves 12, la jueza Michel Ibacache acogió parte de la argumentación de la defensa del abogado Eduardo Lagos, en el marco de la investigación denominada Trama Bielorrusa, y declaró ilegal la declaración que el imputado prestó los días 6 y 7 de enero.

La magistrada estimó que la Fiscalía no pudo demostrar con medios técnicos, como registro de audio o video, la veracidad del acta que incorporó a la carpeta investigativa.

También consideró que existen incongruencias en el procedimiento de toma de declaración, incluido el hecho de que el propio imputado manifestó reparos sobre lo consignado en el acta y optó por no firmarla.

Eduardo Lagos. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La declaración en cuestión contenía, entre otros puntos, afirmaciones atribuidas a Lagos sobre supuestas compras de fallos a la exministra Ángela Vivanco.

Pese a ello, la jueza Ibacache, aunque consignó la declaración como ilegal, no decretó su nulidad ni su inutilización como medio de prueba. Esto implica que el documento permanece en el expediente y podría ser citado en etapas posteriores del proceso, como en la eventual preparación de juicio oral.

La defensa del imputado, a cargo del abogado Marcelo Abujiar, manifestó su satisfacción con la resolución y señaló que continuarán trabajando para excluir el acta como medio de prueba.

Tribunal descarta delitos en caso ProCultura

El martes 3 de febrero, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la solicitud de prisión preventiva presentada por el ente persecutor contra cinco imputados en el marco de la investigación por presunto fraude al Fisco vinculada a la Fundación ProCultura.

La resolución fue adoptada por el juez Patricio Álvarez tras cuatro jornadas de formalización, estableciendo únicamente la medida cautelar de arraigo nacional para Alberto Larraín, María Constanza Gómez, María Teresa Abusleme y Evelyn Magdaleno, mientras que Gabriel Prado quedó sujeto a arresto domiciliario total, decretado con anterioridad.

En su resolución, el magistrado sostuvo que la Fiscalía -representada en esta instancia por el fiscal Cristián Aguilar- no logró acreditar la existencia de delitos, presentó antecedentes contradictorios y no demostró el ánimo ni el concierto necesario para configurar un fraude al Fisco, elemento central de la imputación.

Santiago 31 de enero 2026. Se realiza control de detencion de los imputados en las indagatorias de una de las aristas por el caso ProCultura. Dragomir Yankovic/Aton Chile DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

El juez agregó que los antecedentes expuestos no resultaban concluyentes para acreditar un acuerdo de voluntades, descartando además riesgo de reiteración delictiva y dando por establecida la colaboración sustancial de los imputados durante la investigación, incluyendo la entrega de dispositivos electrónicos, claves de acceso y antecedentes bancarios.

Durante las audiencias, la defensa de Alberto Larraín, encabezada por el abogado Cristián Arias, cuestionó la imputación formulada por el Ministerio Público, señalando que se trataba de una acusación difusa y sin claridad respecto de la comisión de un delito penal.

Pese a lo resuelto, durante el desarrollo de la formalización la Fiscalía reiteró que los imputados habrían actuado concertadamente junto al gobernador metropolitano Claudio Orrego para adjudicar a ProCultura el programa “Quédate”, por un monto superior a $1.680 millones.

Su argumento se basó en que la asignación se habría realizado sin procesos de selección ni verificación técnica, configurando -a su juicio- una asignación discrecional de recursos públicos. Estos planteamientos, sin embargo, no fueron acogidos por el tribunal en esta etapa procesal.

Corte mantiene cautelares a imputados en caso ProCultura

La resolución del Séptimo Juzgado de Garantía fue posteriormente revisada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que el jueves 12 de febrero, en fallo unánime, rechazó la apelación del Ministerio Público y confirmó las medidas cautelares de arraigo nacional para los imputados.

El tribunal de alzada estimó que los antecedentes no justificaban la prisión preventiva, al no acreditarse riesgo procesal ni un soporte indiciario suficiente para imponer medidas más gravosas, destacando además la inexistencia de antecedentes penales y la presencia de arraigo familiar y domiciliario.

Corte de Apelaciones de Santiago

En su fallo, la Corte sostuvo que el estándar exigido para medidas cautelares intensas no fue satisfecho y que la resolución del tribunal de primera instancia distinguió adecuadamente entre el estándar cautelar y el estándar de condena, descartando que la privación de libertad pudiera operar como una anticipación de pena, en resguardo del principio de presunción de inocencia.

Suprema ratifica absolución de Fuente-Alba por lavado de activos

El lunes 2 de febrero, la Corte Suprema confirmó, por cuatro votos contra uno, la absolución del excomandante en jefe del Ejército, Juan Miguel Fuente-Alba, y su esposa Anita Pinochet Ribbeck, en la causa penal por lavado de activos en el marco de una investigación por presunto mal uso de gastos reservados.

En la resolución, la Sala Penal consideró que la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado no lograron probar las maniobras específicas de ocultamiento o disimulación requeridas por el tipo penal de lavado de activos, aun cuando se acreditaron hechos de malversación de fondos públicos.

Según el fallo, la evidencia de operaciones financieras inusuales no bastaba, por sí sola, para configurar el delito.

Se realiza la audiencia de comunicación de veredicto del juicio contra el ex comandante en jefe del Ejército Juan Miguel Fuente- Alba. Foto: Jonnathan Oyarzún / Aton Chile. JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

La Corte también descartó que el tribunal oral hubiera incurrido en error al aplicar la normativa vigente sobre lavado de activos, y afirmó que la absolución respondía a insuficiencia probatoria y no a una interpretación restrictiva de la ley.

De este modo, el máximo tribunal del país destacó la diferenciación de estándares entre delitos de malversación y lavado de activos, dejando sin efecto la reformulación fiscal que apuntaba a este último ilícito por falta de prueba sobre maniobras de ocultamiento.

Más sobre:FiscalíaMinisterio PúblicoProCulturaTrama BielorrusaClaudio OrregoAlberto LarraínEduardo LagosJuan Miguel Fuente-AlbaJudicial

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Plan Digital + LT Beneficios por 3 meses

Infórmate mejor y accede a beneficios exclusivos$6.990/mes SUSCRÍBETE